BERISSO, Enero 19 (BerissoCiudad.com.ar) La Municipalidad de Berisso, a través de la Dirección de Planeamiento, informa a la población que se detectó, tras consultas efectuadas por vecinos de la ciudad, la venta irregular de lotes en zonas de recuperación.
Se trata de terrenos que no están habilitados para la construcción ya que poseen un alto riesgo de inundación, no registran los estudios hidráulicos correspondientes ni las obras de infraestructura necesarias, como así tampoco el alumbrado público, la apertura de calles o el abovedado calcáreo.
Según detalló el subdirector del área, Osvaldo Busetto, “a raíz de consultas efectuadas por vecinos de la ciudad por adquisición de lotes, se les comunicó que los mismos no estaban aprobados y que se encontraban fuera de zona de acuerdo a lo normado por la Ley Nº 2512/02 y el decreto de lotes Nº 9078/78, los que establecen que previo a la venta, debe estar aprobado el plano de subdivisión”.
La situación detallada no se registra en las operaciones de compra-venta por las que vecinos, consultaron en la Dirección municipal. En ese aspecto, se aclaró que en algunos de los casos detectados “la venta es por una inmobiliaria y en otros, por particulares”.
“Los lotes que se ofrecen presentan una división sin respetar la prolongación de calles y ninguna de las condiciones reglamentadas, lo cual devino en la realización de diferentes denuncias ante la UFI local y su posterior intervención”, agregó Busetto.
En el caso de los particulares que ofrecen la venta de terrenos, según detalló el funcionario, “ocupan tierras y hacen una cesión de acciones y derechos posesorios en zonas en las que está prohibido subdividir porque son lugares en recuperación que no tienen indicadores que establezcan la división mínima de los lotes. Los ‘vendedores’ abren calles por cuenta propia, lotean en condiciones inferiores a las permitidas y venden la posesión de las tierras, las que además son inundables, por encontrarse en zonas de bañados”.
Por lo expuesto, desde el Municipio se alerta a la población ante la presencia de estas acciones ejecutadas por personas inescrupulosas que, ante la necesidad habitacional, incurren en estos delitos traicionando la buena fe de los compradores.
Cabe aclarar que la venta ilegal de terrenos no se limita a una única zona del distrito, sino que se produce en diferentes puntos. En tal sentido, se venden lotes inexistentes que son partes indivisas sujetas a una futura promesa de división, que nunca se podrá realizar por la zona en que se encuentra.
Según las denuncias ya efectuadas ante la UFI, hasta el momento se detectó la venta irregular de terrenos en las zonas de 14 y 148; 128 a130 a la altura de calle 15 en el barrio de Villa Progreso, 70 y 128, y recientemente en 20 y 148.
Sobre la modalidad de venta y difusión de lotes que utilizan los ‘vendedores’, Busetto explicó que “es personal con los vecinos”, con precios muy inferior a los valores del mercado: “La gente construye sin permiso en una zona que fue vendida como parte indivisa de esa posesión y esto es un riesgo, ya que el día de mañana si alguno de los propietarios tiene un juicio al respecto, se afectará a toda la parcela”.
Asesoramiento desde el Municipio
En tal sentido, se sugiere a los vecinos que “antes de efectuar una transacción inmobiliaria se asesoren en el Municipio, ya sea en la Dirección de Planeamiento o el Departamento de Catastro para corroborar si el loteo está aprobado y si cuenta con las obras de infraestructura, es decir, si legalmente las tierras ofrecidas están subdividas”, detalló Busetto.
El vecino debe aportar algún dato sobre el terreno o lote a adquirir, que puede ser la ubicación del mismo, consignar entre qué calles se encuentra (arterias que lo delimitan) o bien copia del futuro boleto de compra-venta. “Este es un trámite gratuito que se realiza en Avenida Montevideo y 8 (primer piso), en la Dirección de Planeamiento”, dijo el funcionario.
Con el fin de erradicar este tipo de accionar, en abril del año pasado se remitió al Concejo Deliberante una Ordenanza, que todavía no fue aprobada, donde se establece que tanto un particular como inmobiliaria o escribanos, previo a la escrituración, deben solicitar al Municipio un certificado técnico urbanístico donde se le consignará la capacidad constructiva del terreno, si el plano de esa zona está aprobado, qué tipo de construcción puede hacerse a futuro, si está afectada al patrimonio, o bien si registra vicios de construcción por edificaciones preexistentes. (BerissoCiudad.com.ar)