A través del decreto 216/2022, publicado en el Boletín Oficial, se formalizó el alcance nacional del refuerzo de ingresos, definido como “una prestación monetaria no contributiva de carácter excepcional destinada a compensar la pérdida del poder adquisitivo de ingresos de personas sin ingresos formales y/o en situación de vulnerabilidad socioeconómica, particularmente afectadas por la situación de aceleración del nivel general de precios”.
Según lo dispuesto, el monto de la prestación será de 18 mil pesos a realizarse en dos pagos: uno de 9 mil pesos en mayo y otro por una cifra igual en junio.
❗️ Solo deben inscribirse trabajadoras y trabajadores sin ingresos formales, trabajadoras y trabajadores de casas particulares, monotributistas sociales y monotributistas A y B. pic.twitter.com/jqSo4Teeyy
— ANSES (@ansesgob) April 27, 2022
El refuerzo de ingresos será otorgado a:
* Trabajadores y trabajadoras que perciban ingresos por el desarrollo de actividades laborales informales y no registradas y sus ingresos no superen el valor equivalente de dos Salarios
* Mínimos Vitales y Móviles.
* Personas que se encuentren en situación de desempleo.
*Trabajadores y trabajadoras con contratos de relación de dependencia registrados durante el período de reserva de puesto, a excepción de los trabajadores y las trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
* Monotributistas inscriptos e inscriptas en las categorías "A" y "B" y Monotributistas sociales.
* Trabajadores y trabajadoras de casas particulares.
Para acceder a la percepción, se deberán cumplir con los siguientes requisitos:
* Ser argentino o argentina nativo o nativa, por opción o naturalizado o naturalizada y residente en el país o extranjero o extranjera con una residencia legal en la Argentina no inferior a dos años anteriores a la solicitud de la asignación monetaria.
* Tener la edad igual a 18 años o más y no haber cumplido los 65 años de edad.
* No percibir ingresos superiores al valor equivalente de dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
Además, la persona solicitante no podrá encontrarse en ninguna de estas condiciones:
* Bajo relación de dependencia registrada en el sector público nacional, provincial, municipal y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el sector privado.
* Inscripta en el Monotributo categoría "C" o superiores, ni en el régimen de autónomos.
* Como titular de jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
* Con seguro de de medicina prepaga.
* Alcanzada por cobertura de salud según se establezca en la reglamentación correspondiente.
* Encontrarse la persona solicitante en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial. Las condiciones objetivas de la situación económica y patrimonial indicada serán establecidas por la reglamentación.
* Asimismo, las personas de entre 18 y 24 años de edad inclusive, podrán acceder al cobro de este beneficio cuando el control de ingresos de su grupo familiar no supere al valor equivalente de tres Salarios Mínimos Vitales y Móviles, en las condiciones que establezca la reglamentación pertinente.
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