Asesinado a la salida de un boliche

Confirman la preventiva de patovicas por la muerte de Maldonado

La Cámara Penal platense confirmó este martes la prisión preventiva de los cuatro procesados por la muerte de un joven que recibió un disparo en el pecho presuntamente por parte de patovicas que custodiaban el local bailable Alcatraz.
La Cámara Penal platense confirmó este martes la prisión preventiva de los cuatro procesados por la muerte de un joven que recibió un disparo en el pecho presuntamente por parte de patovicas que custodiaban el local bailable Alcatraz.

BERISSO, Octubre 27.-(BerissoCiudad.com.ar) Así lo revelaron fuentes de Tribunales, las que precisaron que los camaristas Pedro Soria, Raúl Dalto y María Oyhamburu confirmaron lo actuado por la fiscal de La Plata, Graciela Riveros, con intervención del juez de Garantías César Melazo.

 

La preventiva recayó sobre el jefe de la barra brava de Estudiantes Fabián Giannotta, sus laderos Carlos Felipe Garaña Morales y Ariel Orlando Evrett, todos acusados como coautores del hecho.

 

Mientras, el relacionista público Gastón Haramboure fue imputado como partícipe necesario, señalaron los voceros consultados.

 

La Sala I de la Cámara resolvió esto al rechazar un hábeas corpus interpuesto en favor de Giannotta y apelaciones contra la preventiva interpuestas por los defensores de los demás

imputados.

 

El juez y la fiscal, en su momento, dieron por acreditado que el 9 de agosto último, a las 6:00, a metros de Alcatraz-, al menos tres hombres -Giannotta, Garaña Morales y Evrett- presuntamente, "con armas de fuego que les dieron desde el interior del local, dispararon en varias oportunidades contra una muchedumbre de personas que se encontraba en las afueras del boliche, impactando uno de los proyectiles en Juan Andrés Maldonado (26), causándole la muerte".

 

También entendieron que a esta altura de la investigación surgieron pruebas y evidencias como para sospechar que "las armas supuestamente fueron entregadas por Haramboure".

 

Al igual que la fiscal Riveros, el juez Melazo basó la preventiva en testimonios reunidos en la causa, pruebas periciales y los reconocimientos en rueda de personas practicados a tres de los acusados -se negó Evrett- que dieron positivo.

 

Además tomó en cuenta como "indicio de mendacidad las contradicciones en que incurrieron los imputados al ser indagados, ya que mutuamente se achacaron la comisión de los hechos o en su defecto, mintieron con relación a cuáles de ellos estaban presentes-y que actividad estaban realizando- al momento en que los mismos sucedieron".

 

Para la fiscalía, los hechos narrados constituyen el delito de "homicidio calificado por el empleo de un medio idóneo para crear un peligro común", que establece penas de prisión o reclusión perpetua.(Fuente: INFOCIELO)

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